SUBVENCIONES 2º DIVIDENDO DIGITAL
Las ayudas para el Segundo Dividendo estarán
destinadas exclusivamente a las comunidades de propietarios o al conjunto de
edificios que estén sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecido en
el Articulo 369 del Código Civil y según la Ley 49/1960 del 21 de Julio sobre
propiedad horizontal, y que tuvieran instalado un sistema de antena colectiva
basado en monocanales y centralita programable, como ya paso con el Primer
Dividendo las comunidades que dispongan de una central de Banda Ancha no son
susceptibles de subvención.
Solo se
podrá solicitar una subvención por comunidad de vecinos, esta solicitud
abarcara todas las actuaciones realizadas en cada una de las sistemas de antena
instaladas en la comunidad, por lo que si una comunidad se compone mas de un
edificio y más de una central, tendría que sumar todas las reparaciones de cada
edificio y central y tramitarlos como una sola solicitud de subvención.
COSTES
Desde el Ministerio de Economía y Empresa
ha establecido unos importes estandarizados para los trabajos a realizar en las
comunidades que son los siguientes:
·
COMUNIDADES CON CENTRAL PROGRAMABLE:
Este tipo de
comunidades no necesitan la instalación de equipamiento adicional por lo que la
seria en concepto de reprogramación de la central existente con un importe
máximo de 104,3€ impuestos incluidos.
·
COMUNIDADES CON CENTRAL MODULAR MONOCANAL:
La ayuda para
este tipo de instalación varía en función del número de módulos a sustituir,
eso dependerá de la zona geográfica en la que se encuentre, ya que puede variar
el número de canales que se vean afectados por la reorganización de canales,
con lo que el coste sería el siguiente:
·
COMUNIDADES CON CENTRALES DE BANDA ANCHA:
Las comunidades
que tienen este sistema no necesitan ningún trabajo ni material adicional para
la reorganización de canales, los usuarios solo tendrán que resintonizar sus
televisores y aparatos de TDT, por lo que no son susceptibles de recibir
ninguna ayuda para este particular.
REQUISITOS
Las comunidades que soliciten esta ayuda
deberán de cumplir con una serie de puntos que detallamos a continuación:
1. Tener
instalado un sistema de antena basado en monocanales y central programable.
2. Las
comunidades solicitantes deberán de disponer de NIF (código H-XXXXXXX).
3. Las
comunidades solicitantes deberán de poseer una cuenta bancaria en la que conste
el nombre de la comunidad como titular de la misma, dicha cuenta será en la que
se ingresara la ayuda.
4. Las
actuaciones realizadas para la solicitud deberán de estar realizadas por una
EMPRESA INSTALADORA AUTORIZADA e INSCRITA EN EL REGISTRO DE EMPRESAS y poseer
la calificación de tipo “A” O “F”.
COMO SOLICITAR LAS AYUDAS
Esta solicitud deberá realizarse
exclusivamente a través de internet, en la sede electrónica de https://www.red.es/redes/. Estas solicitudes podrán
presentarlas directamente la comunidad de propietarios mediante un
representante o administrador de fincas.
La fecha límite para la
presentación de solicitudes será el 30 de Septiembre de 2020, y el importe de
estas se ingresara en la cuenta de la comunidad. En el caso de que la solicitud
no cumpliera con alguno de los requisitos o documentación requerida para el trámite,
tiene un plazo de 10 días para subsanarlo, en caso contrario se desestimaría su
solicitud.
La documentación necesaria para
el trámite es el siguiente:
·
FACTURA de la empresa instaladora autorizada, en
la que se detalla los trabajos realizados en la central o centrales de la
comunidad y los gastos exclusivos de dicho trabajo.
·
BOLETIN DE INSTALACION generado por la empresa
instaladora autorizada, este boletín deberá ser entregado a la comunidad por la
empresa una vez realizada la adaptación.
En dicho boletín
se deberá de detallar el tipo de instalación que tiene la comunidad y el
trabajo que se ha realizado en él.
·
DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA CUENTA BANCARIA, se
entregara un documento en que se certifique o acredite que la cuenta bancaria
suministrada corresponde a la comunidad de vecinos (certificado de titularidad,
recibo domiciliado, etc.).
Aqui os dejo un cuadro que deja todo bastante claro.
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